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Fitosanitarios Autorizados

ANTAK-68.5

PRODUCTOS AGROQUIMICOS PARA LA SANIDAD VEGETAL AGROPAMENA, S.L. · 1 usos autorizados

ANTAK-68.5Nº reg. 21946
Titular
PRODUCTOS AGROQUIMICOS PARA LA SANIDAD VEGETAL AGROPAMENA, S.L.
Función
—
Formulado
ALCOHOL GRASO (1-DECANOL) 68.5% [EC] P/V
Sustancias activas
ALCOHOL GRASO (1-DECANOL)
Clase de usuario
Uso reservado a agricultores y aplicadores profesionales
GHS07 GHS09Atención

La ficha oficial de ANTAK-68.5 (PRODUCTOS AGROQUIMICOS PARA LA SANIDAD VEGETAL AGROPAMENA, S.L.) recoge 1 combinaciones de cultivo y plaga autorizadas, cada una con su propia dosis y condiciones de aplicación.

Esta ficha resume el registro oficial del MAPA. Antes de aplicar el producto, lee siempre la etiqueta real del envase: puede tener condiciones o restricciones posteriores a esta actualización.

Usos y dosis autorizados

CultivoPlaga / agenteDosisNº aplic.IntervaloCondiciones
TabacoInhibición de brotes axilares17 - 20 l/ha1-210 dAplicar a bajo volumen después del despunte floral.

Plazos de seguridad

CultivosPlazo
110941 -2026134 días
110941 -2026134 días

Fuente: Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), actualizado semanalmente. Registro de Productos Fitosanitarios, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) no sustituye la etiqueta del envase: antes de aplicar cualquier producto, léela siempre y sigue sus instrucciones.

Preguntas frecuentes sobre ANTAK-68.5

¿Qué es ANTAK-68.5?

Un producto fitosanitario inscrito en el Registro Oficial del MAPA, con el titular PRODUCTOS AGROQUIMICOS PARA LA SANIDAD VEGETAL AGROPAMENA, S.L.. Esta ficha resume su composición y los usos autorizados; la etiqueta del envase es el documento legal vigente.

¿Dónde compro ANTAK-68.5?

Esta web es solo informativa y no vende productos fitosanitarios. Para comprarlo, acude a un establecimiento autorizado para su venta, con el carné de aplicador si el producto lo exige.

¿Necesito carné para aplicar ANTAK-68.5?

Depende de su clase de usuario, indicada en esta ficha: los productos de uso profesional exigen el carné de aplicador correspondiente al Real Decreto 1311/2012. Compruébalo también en la etiqueta.